CONDICIONES DE ALQUILER

Utilización del Vehículo

El arrendatario recibe en alquiler el vehículo y accesorios descritos en el contrato, en perfectas condiciones de funcionamiento y se compromete a conservarlos y conducir el vehículo cumpliendo las normas del Código de la Circulación.

 

Queda expresamente prohibido:

 

a.      Transportar personas o mercancías, si ello implica directa o indirectamente el subarriendo del vehículo.

b.      La conducción del vehículo por personas no autorizadas en el contrato.

c.       Conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas, motivadas por alcohol, drogas, fatiga o enfermedad.

d.      Utilizar el vehículo para empujar o remolcar a otros.

e.      Participar con el vehículo en pruebas deportivas.

f.        Manipular el cuentakilómetros. Se deberá comunicar inmediatamente al arrendador cualquier avería del mismo.

g.      Queda prohibido sacar el vehículo de la Isla, salvo autorización por escrito del arrendador.

 

El incumplimiento de cualquiera de los supuestos precitados, la Empresa se reserva el derecho de la protección contra colisión del vehículo arrendado, así como la cobertura para accidentes Personales.

 

Igualmente, de concurrir cualquiera de los supuestos precitados, la Empresa se reserva el derecho de rescindir el contrato sin previo aviso y tomar posesión del vehículo, quedando a favor de la Empresa Arrendadora cualquier depósito o fianza recibida.

Devolución del Vehículo

El vehículo se devolverá en el lugar, fecha y hora estipulada en el contrato. Cualquier alteración al respecto deberá ser previamente autorizada por el arrendador.

 

El incumplimiento de esta condición faculta al arrendador para requerir judicialmente la devolución  del vehículo y estar expuesto a ser denunciado por apropiación indebida.

 

Además, en caso de retraso en la entrega del vehículo, deberá abonar el contratante la quinta parte del precio pactado para un día, por cada hora de retraso en la entrega. El vehículo estará limpio y en las mismas condiciones que fue entregado, en caso contrario, se cobrará 20 € por limpieza.

Cargos de Alquiler

El arrendatario acepta pagar además de los cargos por alquiler del vehículo e impuestos, determinados en las tarifas vigentes, los ocasionados por la pérdida de documentos (60€),herramientas y accesorios, así como toda clase de multas y gastos judiciales motivados por infracciones de tráfico y seguridad vial o de normas que deba cumplir todo conductor.

 

En caso de que el arrendatario ordenara que los cargos se facturen a un tercero y eso fuese aceptado por la empresa “LUCLAZA S.L.” comercialmente “LR LUCLARENT” dicha obligación será solidaria para ambos en caso en caso de impago por parte del tercero designado.

Cobertura de Daños - Riesgos

El seguro concertado por el Arrendador cubre al arrendatario y conductores autorizados por el presente de responsabilidad civil (daños a terceros) hasta el límite establecido en la póliza, fianza y defensa jurídica que pudiera exigirse al conductor. Todos los daños que se causen al vehículo durante la vigencia del contrato serán de cuenta del arrendatario.

 

El seguro concertado por el arrendador excluye los daños al propio vehículo, así como la pérdida, robo y daños a bienes transportados en el mismo.

 

Los daños que sean ocasionados al vehículo por el arrendatario serán pagados por éste. Aceptando dichas cláusulas por el arrendatario. Queda expresamente excluido de la cobertura concertada (daños a terceros) la pérdida, robo y daños a bienes transportados así como los daños ocasionados al vehículo arrendado.

 

Los daños en neumáticos, llantas, cristales y robos parciales no están incluidos en la cobertura de la presente cláusula. Correrán a cuenta del cliente.

Accidentes

El arrendatario adoptará las siguientes medidas en  caso de accidente con el vehículo.


a.      No reconocer o prejuzgar la responsabilidad del hecho.

b.      Obtener los datos completos de la parte contraria, cumplimentando el impreso facilitado en la documentación del vehículo, que remitirá urgentemente al arrendador, avisando telefónicamente en los casos de accidente grave.

c.       Notificar de inmediato a las autoridades si existe culpabilidad de la parte contraria.

d.      Firmar la correspondiente denuncia a requerimiento de la empresa “LUCLAZA S.L” comercialmente “LR LUCLARENT”.

e.      El parte de accidente deberá ser entregado a la delegación más cercana de la empresa “LUCLAZA S.L” comercialmente “LR LUCLARENT”.

f.        En caso de accidente y si fuera causante el contratante abonará a la Empresa arrendadora el importe diario de (20€)durante los días que esté el vehículo en reparación.

Reparaciones

El arrendatario se hará cargo de los gastos habidos durante el arrendamiento por engrase, cambio de aceite y pequeñas reparaciones (excepto pinchazos) hasta un máximo de 30.05€, que deberán justificarse con los oportunos recibos o facturas.


Es indispensable la previa autorización del arrendador para efectuar reparaciones superiores a 30.05€ y para remolcar el vehículo.


El mantenimiento y reparaciones a que se refiere este contrato se realizarán, siempre que sea posible, en talleres que formen parte de la red oficial de concesionarios del fabricante.

Responsabilidad del Arrendador

El vehículo arrendado se halla al corriente de las revisiones obligatorias que contempla la normativa vigente sobre Inspección Técnica de Vehículos “I.T.V”, en consecuencia, no asumirá el arrendador responsabilidad por los prejuicios que, indirectamente, se ocasionen al arrendatario como motivo de una avería fortuita.


El arrendatario, no tendrá derecho a la sustitución del vehículo alquilado, si por accidente éste quedara inutilizable, ni tampoco a que se le reintegre cantidad alguna por el concepto antes dicho.

Permiso de Conducir

 Para el alquiler de cualquier vehículo de la Empresa, el arrendatario debe estar en posesión de carnet de conducir con una antigüedad de más de dos años y ser mayor de 21 años de edad.

Jurisdicción

Las controversias que surjan entre el arrendador y el arrendatario por el contrato, quedarán sometidas a la Junta Arbitral de Transporte del domicilio del local de celebración del contrato y a la jurisdicción de los Juzgados y tribunales de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife con renuncia, si lo tuvieran, a su propio fuero.

Contacto

LR Luclarent

La Zanca 24

38291 La laguna

Teléfono: +34/922 267 271

Teléfono: +34/609322934

NIF: B76546027

Correo electrónico: luclarent@hotmail.com

 

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